En la Argentina, a partir de la
sanción de instrumentos normativos que garantizan los derechos de lesbianas,
gays, travestis, transexuales, transgéneros, bisexuales, intersex y todas las
identidades de género no cisheteronormativas (LGTBI+), comprendemos la
violencia en un sentido más amplio, como violencia por motivos de género.
Desde el año 2009, en Argentina,
la Ley
N.° 26.485 "Ley de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres" define a las violencias por motivos de género como «toda
conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el
ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder,
afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual,
económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan
comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes». En
2023, esta normativa se amplió. A partir de la promulgación de la
denominada Ley
Olimpia, se incorporaron a la Ley N.º 26.485 los delitos que violen la
intimidad sexual de las personas a través de medios digitales y la difusión sin
consentimiento de cualquier contenido íntimo.
La implementación de la ESI nos
permite cuestionar y erradicar los estereotipos de género, que promueven
discriminación y desigualdad de accesos a derechos, aportando así a una
sociedad más justa. Por tal motivo, esperamos que los recursos aquí reunidos
constituyan un insumo para la reflexión sobre el propio posicionamiento
docente y también para el trabajo en el aula y los espacios de formación.
Mas para leer y trabajar en el aula y en las escuelas: 25 de noviembre: Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer - Educ.ar